Son funciones del Director
Dirigir, coordinar, vigilar y controlar el personal del establecimiento y la ejecución de las funciones o programas de este y suscribir, como su representante legal, los actos y contratos que para tales fines deben celebrarse;
Ejecutar los acuerdos y las resoluciones de la Junta Directiva;
Ordenar los gastos de la entidad en la forma y dentro de los límites acordados por la Junta Directiva;
Rendir informes a la oficina de planeación del Ministerio de Comunicaciones, en la forma que este determine, sobre el estado de ejecución de los programas del Instituto; y al Presidente de la República, a través del Ministerio de Comunicaciones, los informes generales y periódicos, o particulares que se le soliciten, sobre las actividades desarrolladas, la situación general de la entidad y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la política del Gobierno;
Nombrar, y promover y remover los empleados y los trabajadores del Instituto, de acuerdo con las disposiciones generales y siempre que la nominación de estos cargos no este reservada a la Junta Directiva;
Imponer, cuando sea el caso, multas, suspensiones y demás sanciones disciplinarias a los empleados y trabajadores del Instituto, de acuerdo con las normas legales y las disposiciones de las Junta Directiva y mediante resolución motivada;
Conceder vacaciones y licencias cuando a ello hubiere lugar, previos los requisitos de rigor;
Celebrar o ejecutar por sí solo actos o contratos por cuantía que no exceda de doscientos mil pesos ($ 200.000.00), dentro de las normas que para tal fin le señale la Junta Directiva. Aquellos actos o contratos por cuantía superior deberán ser aprobados por la Junta;
Constituir apoderados en aquellos negocios que lo requieran y cuyos honorarios profesionales no excedan de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00);
Presentar a la oficina del Ministerio de Comunicaciones, con una anticipación no menor de quince (15) días a la fecha en que los someta a la consideración de la Junta, los planes para el cumpliendo de las finalidades del Instituto;
Proponer a la Junta Directiva las reformas que en su concepto demande la mejor organización del Instituto;
Velar por la correcta recaudación y el manejo ordenado de los fondos del Instituto y promover una gestión económica financiera satisfactoria; ll) Presentar a la oficina de Planeación del Ministerio de Comunicaciones, en el mes de octubre del año inmediatamente anterior a la respectiva vigencia, el proyecto de presupuesto anual del Instituto, el cual deberá ser luego sometido a la aprobación de la Junta Directiva;
Ejercer el control administrativo sobre la ejecución del presupuesto y proponer a la junta las medidas que estime convenientes para prevenir o corregir una ejecución deficitaria;
Presentar anualmente, a más tardar en la última semana de febrero, a consideración y estudio de la Junta, el balance general de las operaciones del instituto, junto con los inventarios y un informe detallado sobre las labores y el estado de la entidad. Este informe, una vez aprobado por la junta, será enviada al Ministerio de Comunicaciones; ñ) Ordenar la apertura de cuentas corrientes en los bancos, de acuerdo con las disposiciones legales y las normas de la Contraloría General de la República;
Asignar las comisiones que deba cumplir el personal del Instituto dentro del país, de acuerdo con las normas legales vigentes y las necesidades de la entidad, y
Cumplir las demás funciones que le asigne la Junta Directiva y las que por su naturaleza le correspondan como funcionario ejecutivo, sino están expresamente atribuidas a otra autoridad.