Secretaría Técnica. La Mesa Técnica Interinstitucional de Apoyo al Programa de Prevención de Accidentes Mayores -MIPPAM contará con una secretaría técnica que será ejercida por el Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Riesgos Laborales o la dependencia que haga sus veces. Serán funciones de la secretaría técnica
Convocar a los miembros de la Mesa por cualquier medio escrito, a petición del presidente de la Mesa, con 10 (diez) días hábiles de antelación a las sesiones y reuniones ordinarias y con 3 (tres) días hábiles de antelación a las sesiones y reuniones extraordinarias; la convocatoria debe incluir el orden del día a desarrollar.
Suscribir conjuntamente con el presidente las actas y/o cualquier otro documento que se produzca en desarrollo de las sesiones de la Mesa y velar por su registro sistematizado, custodia y archivo,
Presentar a la Mesa, en coordinación con su presidente, los informes estudios y documentos que deban ser examinados.
Las demás que le asigne la Mesa.