Micelio

Artículo 1

Liquídese La Empresa Industrial Y Comercial Del Estado Ferrocarriles Nacionales De Colombia, Creada Por Decreto 3129 De 1954 Y Reorganizada Por Los Decretos 1242 De 1970, 877 De 1979, 803 De 1983, 520 De 1987, 1044 De 1987, 510 De 1988 Y 1039 De 1988

Decreto 1586 de 1989 · Por el cual se ordena liquidar la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia, se adoptan normas para su liquidación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Liquídese la empresa industrial y comercial del Estado Ferrocarriles Nacionales de Colombia, creada por Decreto 3129 de 1954 y reorganizada por los Decretos 1242 de 1970, 877 de 1979, 803 de 1983, 520 de 1987, 1044 de 1987, 510 de 1988 y 1039 de 1988. En consecuencia, a partir de la vigencia del presente Decreto, dicha empresa entrará en proceso de liquidación, el cual tendrá un término no superior a tres (3) años, y utilizará para todas sus operaciones la denominación Ferrocarriles Nacionales de Colombia en Liquidación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1586 de 1989