° Autorízase al Ministerio de Obras Públicas para invertir en las obras de defensa a que se refiere este Decreto, hasta la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00).
Decreto 2818 de 1953 →Vigente
Artículo 2
Autorízase Al Ministerio De Obras Públicas Para Invertir En Las Obras De Defensa A Que Se Refiere Este Decreto, Hasta La Suma De Ciento Cincuenta Mil Pesos ($ 150
Decreto 2818 de 1953 · Por el cual se atiende la defensa de la población de Jericó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.