Cuando Los Actos Ilícitos Hayan Sido Realizados Por El Importador Y Las Mercancías Se Encuentren En Poder De Terceros Adquirentes De Buena Fe, Se Aplicará En Lo Pertinente Lo Dispuesto En El Presente Decreto
Decreto 395 de 1983 · Por el cual se establece un procedimiento de entrega de mercancías a importadores de buena fe
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Cuando los actos ilícitos hayan sido realizados por el importador y las mercancías se encuentren en poder de terceros adquirentes de buena fe, se aplicará en lo pertinente lo dispuesto en el presente Decreto.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 4º Cuando los actos ilícitos hayan sido realizados por el importador y las mercancías se encuentren en poder de terceros adquirentes de buena fe, se aplicará en lo pertinente lo dispuesto en el presente Decreto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.