Micelio

Artículo 15

Si Los Exámenes Fueren Aprobados, Los Aspirantes A Obtener Licencia Presentarán Ante El Ministerio De Comunicaciones Los Siguientes Documentos, Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A La Fecha De La Comunicación Del Resultado De La Prueba: A) Dos Fotográficos Tamaños Cédula B) Dos Hojas De Papel Sellado, C) Estampillas De Timbre Nacional Por Valor De Cien Pesos ($100

Decreto 1437 de 1979 · Por el cual se reglamenta el artículo 18 del Decreto-ley 3418 de 1954 sobre las estaciones de radioaficionados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si los exámenes fueren aprobados, los aspirantes a obtener licencia presentarán ante el Ministerio de Comunicaciones los siguientes documentos, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la comunicación del resultado de la prueba

a)

Dos fotográficos tamaños cédula

b)

Dos hojas de papel sellado,

c)

Estampillas de timbre nacional por valor de cien pesos ($100.oo)

d)

Recibo oficial de pago por los derechos de funcionamiento de la estación.

e)

Certificado de paz y salvo nacional-

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1437 de 1979