Micelio

Artículo 6

También Podrán Obtener Licencia De Actor Las Personas Que Demuestren Su Participación, Con Anterioridad A La Expedición Del Presente Decreto, En Cien (130) Horas De Emisión De Televisión Como Actor O Ciento Cincuenta (150) Horas De Radioteatro, Quienes Deberán Aprobar El Examen De Que Trata El Artículo 5°

Decreto 1131 de 1983 · Por el cual se reglamenta la expedición de licencias para actuar a través de la Radio y la Televisión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° También podrán obtener licencia de actor las personas que demuestren su participación, con anterioridad a la expedición del presente Decreto, en cien (130) horas de emisión de televisión como actor o ciento cincuenta (150) horas de radioteatro, quienes deberán aprobar el examen de que trata el artículo 5°.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1131 de 1983