Son causales de nulidad las siguientes:
1.
La falta de competencia del funcionario para proferir el fallo.
2.
La violación del derecho de defensa del investigado.
3.
La existencia de irregularidades sustanciales que afecten el debido proceso.
Parágrafo
Los principios que orientan la declaratoria de nulidad y su convalidación, consagrados en el Código de Procedimiento Penal, se aplicarán a este procedimiento.