Micelio

Artículo 2

En Caso De Perturbación Del Orden Público, El General Jefe Militar Del Distrito Capital Asumirá También El Mando De La Policía Nacional, Y El Director De Ella Quedará De Hecho Subordinado Á La Jefatura Militar

Decreto 710 de 1906 · Por el cual se reglamenta la dependencia y organización del Ejército, de la Policía y Gendarmería Nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En caso de perturbación del orden público, el General Jefe militar del Distrito Capital asumirá también el mando de la Policía Nacional, y el Director de ella quedará de hecho subordinado á la Jefatura militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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