Micelio

Artículo 2.5.6.4.1

Naturaleza De Las Instituciones De Educación Superior Propias, Comunitarias Y/O Interculturales

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Naturaleza de las instituciones de educación superior propias, comunitarias y/o interculturales. Las instituciones de educación superior propias, comunitarias y/o interculturales son entidades públicas de carácter especial en desarrollo de la autonomía de los pueblos comunidades negras afrocolombianas, raizales y palenqueras, cuyos principales objetivos son la formación integral y la investigación y contribuir al reconocimiento de la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana. Estas instituciones hacen parte del Territorio Ancestral o urbano, y/o de las organizaciones étnico-territoriales las cuales gozan de personería jurídica y cuentan con autonomía universitaria.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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