º. La Tarjeta Profesional se expedirá por la Oficina de Asesoría a la Rama Jurisdiccional del Ministerio de Justicia: Para los abogados indicados ene. Articulo 17 del Decreto-ley 196 de 1971 previa confrontación de los datos suministrados por los solicitantes, con los enviados por los Tribunales Superiores del Distrito Judicial, en las listas que deberán remitir a la Oficina de Asesoría a la Rama Jurisdiccional del Ministerio de Justicia conforme al inciso 2º ibídem. Para quienes fueren inscritos con posterioridad a la vigencia del Decreto-ley 196 de 1971, con copia de la providencia de inscripción que se reciba del Tribunal Superior que la considere, acompañada de los datos personales y especiales del inscrito.
Decreto 1137 de 1971 →Vigente
Artículo 7
La Tarjeta Profesional Se Expedirá Por La Oficina De Asesoría A La Rama Jurisdiccional Del Ministerio De Justicia: Para Los Abogados Indicados Ene
Decreto 1137 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 196 DE 1971
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.