Con el fin de garantizar una adecuada coordinación en el desarrollo de sus actividades y en la creación y consolidación del Sistema de Información Minero Energético con los generadores y usuarios de la información, la Unidad de Información contará con la asesoría de los siguientes comités: Comité de Información de Oferta Energética, Comité de Información y Consumo de Mercadeo y Consumo Energético y Comité de Información Minera.
Artículo 17
Con El Fin De Garantizar Una Adecuada Coordinación En El Desarrollo De Sus Actividades Y En La Creación Y Consolidación Del Sistema De Información Minero Energético Con Los Generadores Y Usuarios De La Información, La Unidad De Información Contará Con La Asesoría De Los Siguientes Comités: Comité De Información De Oferta Energética, Comité De Información Y Consumo De Mercadeo Y Consumo Energético Y Comité De Información Minera
Decreto 1253 de 1993 · por el cual se desarrolla y reglamenta parcialmente el Decreto 2119 de 1992.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.