Micelio

Artículo 11

Las Penas Que Establece Este Decreto Se Impondrán Sin Perjuicio De Las Que Señala El Capítulo 1°, Título 1°, Libro 11 Del Código Penal A Los Responsables Del Delito De Traición A La Patria, Cuando Comunican Noticias Que Puedan Causar Perjuicios A La Defensa De La Nación

Decreto 2082 de 1933 · Por el cual se subroga el Decreto legislativo número 1504 de 1932

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las penas que establece este Decreto se impondrán sin perjuicio de las que señala el Capítulo 1°, Título 1°, Libro 11 del Código Penal a los responsables del delito de traición a la Patria, cuando comunican noticias que puedan causar perjuicios a la defensa de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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