Micelio

Artículo 3

Para Otros Documentos Que Deban Legalizar Los Cónsules Y Que Requiera Adherirles Y Anularles Estampillas En La Oficina Consular, Tales Como Pasaportes De Colombianos Y Visto Bueno De Los De Extranjeros, Testamentos, Etc

Decreto 1998 de 1930 · Por el cual se adicionan y reforman los Decretos número 1957 de 3 de diciembre de 1927 y número 1946 de 28 de noviembre de 1929

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para otros documentos que deban legalizar los Cónsules y que requiera adherirles y anularles estampillas en la oficina consular, tales como pasaportes de colombianos y visto bueno de los de extranjeros, testamentos, etc., los Cónsules comprarán directamente a los Consulados Generales en Londres o en Nueva York, según el caso, las estampillas que necesiten, las cuales pagarán de contado de sus propios fondos y cuyo valor se reintegrarán al adherir y anular la estampilla en el documento respectivo.

Parágrafo

Exceptúanse de esta disposición los Cónsules Generales en Londres y en Nueva York, quienes continuarán con él carácter que hoy tienen de Administradores de Hacienda Nacional, pagadores de los servicios de la República en Europa y en América, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1998 de 1930