Micelio

Artículo 7

La Junta Tendrá Sesiones Ordinarias Y Extraordinarias

Decreto 468 de 1961 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano de Estudios para Graduados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Junta tendrá sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias serán dos veces por mes, mientras dure el periodo de construcción, planificación y. dotación. Después de cumplido dicho período, la Junta sesionará ordinariamente una vez por mes. Las sesiones extraordinarias podrán ser convocadas por el Presidente de la Junta, por decisión, suya o a solicitud escrita de la Dirección del Hospital, o de una tercera parte de los miembros de la Junta. En las sesiones extraordinarias únicamente se tratarán los asuntos contemplados en el orden del día. CAPITULO III Del Director y el Subdirector.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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