º La porción de territorio, que en virtud del fallo arbitral, dictado por S. M. el Rey de España, le corresponde á Colombia en la frontera con Venezuela, hará parte de la Intendencia de Casanare desde cuando aquella porción sea delimitada por las Comisiones respectivas. CAPITULO II LEGISLACIÓN.
Decreto 392 de 1897 →Vigente
Artículo 8
La Porción De Territorio, Que En Virtud Del Fallo Arbitral, Dictado Por S
Decreto 392 de 1897 · Sobre administración de las Intendencias nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.