Criterios de Acceso. Las personas a que hace referencia el artículo anterior podrán acceder de manera prioritaria a los programas de formación técnica, tecnológica y complementaria que oferta el SENA, previo el cumplimiento de los requisitos de admisión, inscripción en un programa de formación de su interés en las convocatorias que realiza el SENA y cumplir con los requisitos académicos establecidos en el programa de formación
El Ministerio de Defensa Nacional y el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, podrán suscribir convenios en donde se establecerán las caracterización y programas de formación dirigidas a los beneficiarios de la Ley 1979 de 2019.