Los Oficiales aspirantes al Curso de Estado Mayor, elevarán por conducto regular su solicitud, seis (6) meses antes de la iniciación del Curso. Con plazo de un (1) mes mínimo, después de vencido el término de presentación de la solicitud, los Comandos de Fuerza pasarán al Comando General la relación de los aspirantes que tuvieren reunidos todos los requisitos de que trata el presente Decreto. El Comando General llamará a presentar exámenes de admisión a los aspirantes que hayan llenado dichos requisitos.
Decreto 570 de 1960 →Vigente
Artículo 59
Los Oficiales Aspirantes Al Curso De Estado Mayor, Elevarán Por Conducto Regular Su Solicitud, Seis (6) Meses Antes De La Iniciación Del Curso
Decreto 570 de 1960 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Título 1 de la Ley 126 de 1959.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.