Micelio

Artículo 3

Todas Las Autoridades De Policía, Nacionales, Departamentales Y Municipales, Harán Respetar El Reglamento Sobre Señales De Tránsito, Tanto En Lo Que Se Refiere A La Observancia De Las Indicaciones De Señales Como A La Conservación Y Cuidado De Las Mismas

Decreto 652 de 1934 · Por el cual se reglamenta el uso de señales de tránsito en las carreteras nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Todas las autoridades de policía, nacionales, departamentales y municipales, harán respetar el Reglamento sobre señales de tránsito, tanto en lo que se refiere a la observancia de las indicaciones de señales como a la conservación y cuidado de las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 652 de 1934