Micelio

Artículo 2.2.6.6.3

Acreditación De Condiciones De Las Empresas Beneficiarias

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acreditación de condiciones de las empresas beneficiarias. Los empleadores que pretendan beneficiarse de la exclusión del pago de aportes, deberán pre­sentar ante la Caja de Compensación Familiar a la cual se encuentran afiliados, los siguien­tes documentos:

1.

Certificación presentada por el trabajador en donde se acredite de acuerdo con lo previsto en el artículo anterior, las características o condiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 789 de 2002.

2.

Certificado de paz y salvo en donde conste que no tiene deudas pendientes frente a períodos anteriores por concepto de aportes parafiscales a pensiones, salud, riesgos labora­les, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje y Cajas de Compensación Familiar.

3.

Diligenciar el formulario de registro de que trata el artículo 2.2.6.6.5. del presente decreto.

4.

Acreditar el cumplimiento de lo establecido en el literal a) del parágrafo 1° del artí­culo 13 de la Ley 789 de 2002, durante la ejecución de los contratos respectivos.

Parágrafo 1

Los aportes al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, (ICBF); Ser­vicio Nacional de Aprendizaje, (SENA), y Cajas de Compensación Familiar, de que trata el numeral 2 de este artículo, serán verificados directamente por la Caja de Compensación Familiar correspondiente, sin que el empleador deba acreditar ante la misma el certificado de paz y salvo respectivo.

Parágrafo 2

Cuando el pago de los aportes al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y al Servicio Nacional de Aprendizaje, (SENA), no se realice a través de la Caja de Compensación Familiar, corresponde a dichas entidades certificar el cumplimien­to de las condiciones que dan lugar a la exclusión del pago de aportes.

(Decreto número 2286 de 2003, artículo 3°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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