No se pondrá el sello de garantía de que trata el artículo 60 a las pesas y contrapesos relacionados en este capítulo, que vayan a ponerse en uso, si no se acomodan en las tolerancias señaladas en él; y en cuanto a las pesas y contrapesos que ya estuvieren en uso, serán condenados en la forma prevista por el artículo 61 si se propasan del doble de dichas tolerancias. CAPÍTULO 11 Disposiciones Generales
Decreto 956 de 1931 →Vigente
Artículo 57
No Se Pondrá El Sello De Garantía De Que Trata El Artículo 60 A Las Pesas Y Contrapesos Relacionados En Este Capítulo, Que Vayan A Ponerse En Uso, Si No Se Acomodan En Las Tolerancias Señaladas En Él; Y En Cuanto A Las Pesas Y Contrapesos Que Ya Estuvieren En Uso, Serán Condenados En La Forma Prevista Por El Artículo 61 Si Se Propasan Del Doble De Dichas Tolerancias
Decreto 956 de 1931 · Por el cual se reglamenta la ley No. 33 de 1905, sobre pesas y medidas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.