Micelio

Artículo 3

La Dirección, Administración Y Promoción De Las Zonas Francas A Que Se Refiere Este Decreto Estará A Cargo De Un Usuario-Operador, Que Será Seleccionado Por El Ministerio De Comercio Exterior De Acuerdo Con Los Procedimientos Señalados En Este Decreto

Decreto 2480 de 1993 · por el cual se establece un régimen de zona franca industrial de bienes y de servicios para las Zonas Francas Industriales y Comerciales de Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, Cúcuta, Palmaseca y Santa Marta, en liquidación.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La dirección, administración y promoción de las zonas francas a que se refiere este decreto estará a cargo de un usuario-operador, que será seleccionado por el Ministerio de Comercio Exterior de acuerdo con los procedimientos señalados en este decreto. El usuario operador deberá reunir las calidades previstas en los artículos 8o. y 9o. del Decreto 2131 de 1991. CAPITULO II Declaratoria de zonas francas industriales de bienes y de servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2480 de 1993