Conclusión del procedimiento conciliatorio . El acta de acuerdo conciliatorio y el auto aprobatorio debidamente ejecutoriado prestarán mérito ejecutivo y tendrán efectos de cosa juzgada. Las cantidades líquidas reconocidas en el acuerdo conciliatorio devengarán intereses comerciales durante los seis (6) meses siguientes al plazo acordado para su pago y moratorios después de este último.
Será obligatorio la asistencia e intervención del Agente del Ministerio Público a las audiencias de conciliación judicial (artículo 72 de la Ley 446 de 1998 que modifica el artículo 65 de la Ley 23 de 1991).