Las universidades colombianas oficialmente reconocidas podrán hacer convenios con instituciones extranjeras dedicadas a la investigación, para ofrecer total o parcialmente en Colombia programas de postgrado. Este convenio deberá tener la aprobación del ICFES. De los programas de especialización.
Decreto 3658 de 1981 →Vigente
Artículo 13
Las Universidades Colombianas Oficialmente Reconocidas Podrán Hacer Convenios Con Instituciones Extranjeras Dedicadas A La Investigación, Para Ofrecer Total O Parcialmente En Colombia Programas De Postgrado
Decreto 3658 de 1981 · por el cual se reglamenta el Decreto extraordinario 80 de 1980, en lo relativo a la Formación Avanzada o de Postgrado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.