Micelio

Artículo 1

Créase El Dispensario Antileproso Del Departamento Del Cauca, Que Funcionará En Popayán, Y Reorganízanse Los De Los Departamentos De Cundinamarca Y Boyacá Que Funcionan Actualmente En Bogotá Y Guateque, Respectivamente; Todos Los Cuales En Adelante Estarán Dotados Del Personal, Asignaciones Y Materiales Que Se Expresan En Los Artículos Siguientes:

Decreto 1455 de 1936 · Por el cual se aprueba una resolución del Departamento Nacional de Higiene

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Créase el Dispensario Antileproso del Departamento del Cauca, que funcionará en Popayán, y reorganízanse los de los Departamentos de Cundinamarca y Boyacá que funcionan actualmente en Bogotá y Guateque, respectivamente; todos los cuales en adelante estarán dotados del personal, asignaciones y materiales que se expresan en los artículos siguientes:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1455 de 1936