Micelio

Artículo 12

Son Obligaciones De Los Socios Las Siguientes: A) Cumplir Las Disposiciones Del Club; B) Cancelar Oportunamente Todas Las Obligaciones En La Forma Y Términos Que Determinen Los Estatutos, La Junta, Directiva Y La Dirección General Del Club; C) Identificarse Con El Carné De Socio Cuando Así Sea Requerido; D) Mantener El Carné Como Documento Personal E Intransferible; E) Responsabilizarse De La Conducta Y Gastos De Los Invitados, Y Registrar En El Libro De La Portería De Socios La Invitación, Con La Firma Y Número Del Carné Del Invitante; Y F) Pagar Los Daños Que Causen En Las Instalaciones Y Enseres Del Club

Decreto 559 de 1986 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Directiva del Club Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son obligaciones de los Socios las siguientes

a)

Cumplir las disposiciones del Club;

b)

Cancelar oportunamente todas las obligaciones en la forma y términos que determinen los Estatutos, la Junta, Directiva y la Dirección General del Club;

c)

Identificarse con el carné de socio cuando así sea requerido;

d)

Mantener el carné como documento personal e intransferible;

e)

Responsabilizarse de la conducta y gastos de los invitados, y registrar en el libro de la portería de socios la invitación, con la firma y número del carné del invitante; y

f)

Pagar los daños que causen en las instalaciones y enseres del Club.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 559 de 1986