Micelio

Artículo 69

El Gobierno Nacional En El Decreto De Liquidación Ubicará, Clasificará Y Definirá Los Ingresos Y Gastos Incluidos En Él

Decreto 3106 de 1990 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1991, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 69. El Gobierno Nacional en el decreto de liquidación ubicará, clasificará y definirá los ingresos y gastos incluidos en él. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General del Presupuesto, hará mediante Resolución las operaciones que en igual sentido se requieran durante el transcurso de la vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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