Micelio

Artículo 27

Al Miembro De Las Fuerzas Militares Que Se Haga Acreedor A La Medalla "servicios En Guerra Exterior" Y Fallezca Antes De Recibirla, Se Le Conferirá En Forma Póstuma

Decreto 414 de 1974 · Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al miembro de las Fuerzas Militares que se haga acreedor a la Medalla "Servicios en Guerra Exterior" y fallezca antes de recibirla, se le conferirá en forma póstuma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 414 de 1974