Cuando se trate de ampliar la prestación del servicio a otros municipios dentro del Departamento donde se halle la sede principal o las sucursales, se deberá presentar solicitud al Ministerio de Defensa Nacional a través del Comando del Departamento de Policía respectivo, el cual remitirá a la Dirección General de la Policía Nacional la solicitud con el concepto sobre su conveniencia.
Decreto 1160 de 1991 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1160 de 1991 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 848 y 1195 de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.