Micelio

Artículo 4

Créase Una Unidad Fundamental Por Cada Una De Las Armas De Infantería, Caballería, Artillería, Ingenieros Y Blindada, Con El Fin De Preparar Suboficiales Para Dichas Armas, Así: A) Infantería: Una (1) Compañía De Fusileros Reforzada Con Un (1) Pelotón De Ametralladoras Calibre 30 Y Uno (1) De Morteros De 81 M

Decreto 44 de 1953 · Por el cual se crea el Batallón de Bachilleres Miguel Antonio Caro, se señala su finalidad, se determina su composición y dotaciones de personal y se dictan otras disposiciones orgánicas en el ramo de Guerra

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Créase una Unidad Fundamental por cada una de las Armas de Infantería, Caballería, Artillería, Ingenieros y Blindada, con el fin de preparar Suboficiales para dichas Armas, así

a)

Infantería: Una (1) Compañía de Fusileros reforzada con un (1) Pelotón de ametralladoras calibre 30 y uno (1) de morteros de 81 m. m., con la organización y dotaciones de que trata el Decreto número 1247 de 1952, y hasta con 300 Suboficiales Alumnos;

b)

Caballería: Un (1) Escuadrón de Carabineros, con la organización y dotaciones señaladas por el Decreto número 2157 de 1948, para los Grupos de Caballería Mixtos, v hasta con 200 Suboficiales Alumnos;

c)

Artillería: Una (1) Batería de Fuego de 75 m. m., (a lomo), con la organización y dotaciones fijadas por el Decreto número 2157 de 1948, anteriormente mencionado y hasta con 250 Suboficiales Alumnos;

d)

Ingenieros: Una (1) Compañía de Ingenieros de Combate, con la organización y dotaciones e del Decreto número 329 de 1951, y hasta con 250 Suboficiales Alumnos, y

e)

Blindada: Una (1) Compañía de Infantería Blindada con su Grupo de Mando, Sección de Mantenimiento, Sección de Administración, dos (2) Pelotones de Fusileros y dos (2) Pelotones de taques livianos, con las dotaciones fijadas para cada uno de estos Organismos por el Decreto número 1704 de 1951.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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