Micelio

Artículo 5

Las Organismos Y Entidades De La Administración Pública Comisionarán Ante El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público A Los Funcionarios Requeridos Para Las Labores De La Comisión, Por El Tiempo Que Sea Indispensable

Decreto 742 de 1985 · Por el cual se crea la Comisión de Gasto Público y se señalan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las organismos y entidades de la administración Pública comisionarán ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a los funcionarios requeridos para las labores de la Comisión, por el tiempo que sea indispensable. Igualmente, el Gobierno Nacional podrá contratar asistencia técnica especializada, de preferencia con los centros de investigación y universidades, cuando, a juicio de la Comisión, sea necesaria y no resulte posible obtenerla con el concurso de las personas vinculadas a la Rama Ejecutiva del Poder Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 742 de 1985