Micelio

Artículo 37

Los Caminos De Las Intendencias Se Dividen En Dos Clases, Según Su Importancia, Así: 1º Caminos Centrales, Que Son Los Que Van De Las Poblaciones De La Intendencia Á Las De Los Departamentos Vecinos; Y 2º Caminos Trasversales, Que Son Los Que Juntan Dos Caminos Centrales Ó Dos Municipios De La Intendencia

Decreto 392 de 1897 · Sobre administración de las Intendencias nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los caminos de las Intendencias se dividen en dos clases, según su importancia, así: 1º Caminos centrales, que son los que van de las poblaciones de la Intendencia á las de los Departamentos vecinos; y 2º Caminos trasversales, que son los que juntan dos caminos centrales ó dos Municipios de la Intendencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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