Los caminos de las Intendencias se dividen en dos clases, según su importancia, así: 1º Caminos centrales, que son los que van de las poblaciones de la Intendencia á las de los Departamentos vecinos; y 2º Caminos trasversales, que son los que juntan dos caminos centrales ó dos Municipios de la Intendencia.
Decreto 392 de 1897 →Vigente
Artículo 37
Los Caminos De Las Intendencias Se Dividen En Dos Clases, Según Su Importancia, Así: 1º Caminos Centrales, Que Son Los Que Van De Las Poblaciones De La Intendencia Á Las De Los Departamentos Vecinos; Y 2º Caminos Trasversales, Que Son Los Que Juntan Dos Caminos Centrales Ó Dos Municipios De La Intendencia
Decreto 392 de 1897 · Sobre administración de las Intendencias nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.