Los Funcionarios Que Incumplan Sus Deberes O Incurran En Las Prohibiciones Descritas En El Presente Decreto Y Su Reglamento, Serán Objeto De Las Siguientes Sanciones Disciplinarias, Sin Perjuicio De La Responsabilidad Civil O Penal Que Su Acción Pueda Orignar
Decreto 694 de 1975 · Por el cual se establece el Estatuto de Personal para el Sistema Nacional de Salud
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los funcionarios que incumplan sus deberes o incurran en las prohibiciones descritas en el presente Decreto y su reglamento, serán objeto de las siguientes sanciones disciplinarias, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que su acción pueda orignar
a)
Amonestación verbal;
b)
Amonestación escrita, con anotación en la hoja de vida del funcionario;
c)
Multa que no exceda de la quinta parte del sueldo mensual;
d)
Suspensión del ejercicio del cargo hasta por sesenta (60) días sin derecho a remuneración, y
e)
Destitución.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.