Micelio

Artículo 11

Decreto 1076 de 1992 · por el cual se dictan normas sobre el retiro compensado de los empleados públicos al servicio del Congreso Nacional, y se dictan otras disposiciones en materia prestacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las pensiones a que se refiere el presente Decreto serán reconocidas y pagadas por el Fondo de Previsión Social del Congreso, el cual tendrá derecho a repetir contra las anteriores entidades empleadoras para el cobro de las cuotas partes pensionales que se deriven del reconocimiento de las pensiones. Al liquidar al funcionario con derecho a pensión anticipada éste deberá pagar el valor de los aportes faltantes para cubrir su base de jubilación al Fondo de Previsión Social del Congreso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1076 de 1992