Sin Perjuicio De Las Situaciones Jurídicas Individuales Consolidadas Conforme A Derecho, Además De La Remuneración Mensual Señalada En El Artículo Anterior Para Cada Categoría De Empleos, Según El Escalafón, Podrá Obtenerse Remuneración Adicional Dentro De Cada Categoría, Sin Exceder El Monto Correspondiente A Cada Una De Ellas, Siempre Y Cuando El Docente Interesado Cumpla Con La Totalidad De Los Siguientes Requisitos: A) Que El Docente Esté Clasificado En Una De Las Categorías Del Escalafón De La Carrera Docente Universitaria Y Pertenezca A Ésta; B) Que Obtenga Los Mínimos De Unidades Exigidos A Los Factores: Experiencia Docente Universitaria Y Producción Intelectual, Para La Promoción A La Categoría Superior, De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 5° Del Presente Decreto, Independientemente De Las Acreditadas Para Su Clasificación En Categoría De La Carrera Docente; C) Que Obtenga Evaluación Satisfactoria
Decreto 127 de 1988 · por el cual se modifican las asignaciones del personal docente de la Universidad Pedagógica Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Sin perjuicio de las situaciones jurídicas individuales consolidadas conforme a derecho, además de la remuneración mensual señalada en el artículo anterior para cada categoría de empleos, según el escalafón, podrá obtenerse remuneración adicional dentro de cada categoría, sin exceder el monto correspondiente a cada una de ellas, siempre y cuando el docente interesado cumpla con la totalidad de los siguientes requisitos
a)
Que el docente esté clasificado en una de las categorías del escalafón de la carrera docente universitaria y pertenezca a ésta;
b)
Que obtenga los mínimos de unidades exigidos a los factores: experiencia docente universitaria y producción intelectual, para la promoción a la categoría superior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° del presente Decreto, independientemente de las acreditadas para su clasificación en categoría de la carrera docente;
c)
Que obtenga evaluación satisfactoria.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.