Micelio

Artículo 262

Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

HOMICIDIO POR PIEDAD. El que con ocasión del servicio o por causa de éste o de funciones inherentes a su cargo, matare a otra persona por piedad, para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, incurrirá en prisión de seis (6) meses a tres (3) años.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 262. HOMICIDIO POR PIEDAD. El que con ocasión del servicio o por causa de éste o de funciones inherentes a su cargo, matare a otra persona por piedad, para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, incurrirá en prisión de seis (6) meses a tres (3) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1997
    C-358/97Constitucionalidad · alcance expresionINEXEQUIBLE· expresión
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Decreto 2550 de 1988