La organización, orientación y control de la Enseñanza Media Comercial, tanto de la que se imparte en planteles oficiales, como en particulares, estará, especialmente, a cargo de la Sección de Educación Comercial, dependiente de la División de Educación Media del Ministerio de Educación Nacional. Dicha Sección Comercial velará por el estricto cumplimiento de las disposiciones oficiales al respecto, y llevará la estadística general de los planteles de Enseñanza Comercial. En tal virtud, estos planteles quedan obligados a suministrar todos los datos que les fueren solicitados.
Decreto 2117 de 1962 →Vigente
Artículo 37
Para Los Efectos De La Aprobación Oficial De Los Planteles De Enseñanza Media Comercial, El Número De Alumnas De Cada Clase No Deberá Exceder De Treinta Y Cinco (35)
Decreto 2117 de 1962 · Por el cual se determina el plan de estudios para el Bachillerato Técnico Comercial, y se dictan otras disposiciones sobre educación media comercial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.