Micelio

Artículo 1

El Servicio De Faros Y Boyas De Los Puertos Y Costas De La República, Y El Funcionamiento De La Planta Generadora De Gas Acetileno, Instalada En Barranquilla, Estará A Cargo De Los Siguientes Empleados: Un Inspector General De Faros, Encargado De La Planta De Gas, Residente En Barranquilla, Con Asignación Mensual De $ 180

Decreto 50 de 1925 · Por el cual se reglamentan las funciones de los Inspectores y Ayudantes de faros y boyas en desarrollo de la Ley 49 de 1924, y se hacen unos nombramientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El servicio de faros y boyas de los puertos y costas de la República, y el funcionamiento de la planta generadora de gas acetileno, instalada en Barranquilla, estará a cargo de los siguientes empleados: Un Inspector General de Faros, encargado de la planta de gas, residente en Barranquilla, con asignación mensual de $ 180. Un Ayudante Operario de la planta generadora de gas, con asignación mensual de $ 90. Un Ayudante, encargado de los faros y boyas de Cartagena, residente en esa ciudad, con asignación mensual de $ 100; y Un Inspector de Faros del Pacífico, residente en Buenaventura, con asignación mensual de $ 100.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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