° El servicio de faros y boyas de los puertos y costas de la República, y el funcionamiento de la planta generadora de gas acetileno, instalada en Barranquilla, estará a cargo de los siguientes empleados: Un Inspector General de Faros, encargado de la planta de gas, residente en Barranquilla, con asignación mensual de $ 180. Un Ayudante Operario de la planta generadora de gas, con asignación mensual de $ 90. Un Ayudante, encargado de los faros y boyas de Cartagena, residente en esa ciudad, con asignación mensual de $ 100; y Un Inspector de Faros del Pacífico, residente en Buenaventura, con asignación mensual de $ 100.
Decreto 50 de 1925 →Vigente
Artículo 1
El Servicio De Faros Y Boyas De Los Puertos Y Costas De La República, Y El Funcionamiento De La Planta Generadora De Gas Acetileno, Instalada En Barranquilla, Estará A Cargo De Los Siguientes Empleados: Un Inspector General De Faros, Encargado De La Planta De Gas, Residente En Barranquilla, Con Asignación Mensual De $ 180
Decreto 50 de 1925 · Por el cual se reglamentan las funciones de los Inspectores y Ayudantes de faros y boyas en desarrollo de la Ley 49 de 1924, y se hacen unos nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.