La Imprenta Nacional publicará con la regularidad requerida, el Diario Oficial, cuya dirección continuará a cargo del Ministerio de Gobierno.
Decreto 657 de 1974 →Vigente
Artículo 15
La Imprenta Nacional Publicará Con La Regularidad Requerida, El Diario Oficial, Cuya Dirección Continuará A Cargo Del Ministerio De Gobierno
Decreto 657 de 1974 · Por el cual se suprime el Instituto Nacional de Provisiones "Inalpro" y se dictan otras disposiciones sobre la Imprenta Nacional y normas sobre compras en la Administración Nacion
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.