En el Balance del Tesoro no podrán constituirse reservas para amparar contratos que no estén perfeccionados legalmente, previstos dentro del acuerdo de obligaciones vigente y aprobados por la Dirección General del Presupuesto antes del 31 de diciembre. Los contratos en tramitación en dicha Techa pero no perfeccionados, se imputarán al presupuesto de la siguiente vigencia, siempre y cuando que el objeto del contrato se cumpla en dicho período aunque en ningún caso para amparar obligaciones de otras Vigencias o contraídas por fuera del Presupuesto. III De los Gastos .
Decreto 2675 de 1976 →Vigente
Artículo 11
En El Balance Del Tesoro No Podrán Constituirse Reservas Para Amparar Contratos Que No Estén Perfeccionados Legalmente, Previstos Dentro Del Acuerdo De Obligaciones Vigente Y Aprobados Por La Dirección General Del Presupuesto Antes Del 31 De Diciembre
Decreto 2675 de 1976 · sobre Liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal do 1978.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.