Micelio

Artículo 23

Si El Personal De Los Comandos De Distritos Militares Y Los Oficiales De Sanidad, Durante Las Correrías De Preparación Y Reclutamiento, Tendrá Derecho A La Liquidación De Las Cantidades Diarias Que Por Razones De Auxilios, Fletes Y Pasajes Fija El Articulo 7° Del Presente Decreto, Siempre Que Los Respectivos Itinerarios De Marcha Sean Debidamente Aprobados Por El Estado Mayor General (Dirección Del Servicio Territorial Y Movilización)

Decreto 1624 de 1948 · Por el cual se reglamenta la expedición de pasaportes en el ramo de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el personal de los Comandos de Distritos Militares y los Oficiales de Sanidad, durante las correrías de preparación y reclutamiento, tendrá derecho a la liquidación de las cantidades diarias que por razones de auxilios, fletes y pasajes fija el articulo 7° del presente Decreto, siempre que los respectivos itinerarios de marcha sean debidamente aprobados por el Estado Mayor General (Dirección del Servicio Territorial y Movilización).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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