Micelio

Artículo 2

El Auxilio De Transporte Reajustado En La Cuantía Que Señala El Artículo Anterior, Reemplaza El Auxilio Patronal De Transporte Que Se Ha Venido Cubriendo Hasta La Fecha, Y La Cuota Patronal Que Para Los Fondos De Transporte En Las Ciudades En Donde Existía, Sufragarán Los Patronos En Consecuencia, A Partir Del Quince (15) De Enero De 1963, Queda Abolida La Cuota Patronal De Transporte Y Los Trabajadores Recibirán El Valor Del Auxilio Patronal En Su Integridad

Decreto 237 de 1963 · Por el cual se señala la fecha de vigencia de los Decretos 24 y 25 de 9 de enero de 1963, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El auxilio de transporte reajustado en la cuantía que señala el artículo anterior, reemplaza el auxilio patronal de transporte que se ha venido cubriendo hasta la fecha, y la cuota patronal que para los Fondos de Transporte en las ciudades en donde existía, sufragarán los patronos en consecuencia, a partir del quince (15) de enero de 1963, queda abolida la cuota patronal de transporte y los trabajadores recibirán el valor del auxilio patronal en su integridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 237 de 1963