° El auxilio de transporte reajustado en la cuantía que señala el artículo anterior, reemplaza el auxilio patronal de transporte que se ha venido cubriendo hasta la fecha, y la cuota patronal que para los Fondos de Transporte en las ciudades en donde existía, sufragarán los patronos en consecuencia, a partir del quince (15) de enero de 1963, queda abolida la cuota patronal de transporte y los trabajadores recibirán el valor del auxilio patronal en su integridad.
Artículo 2
El Auxilio De Transporte Reajustado En La Cuantía Que Señala El Artículo Anterior, Reemplaza El Auxilio Patronal De Transporte Que Se Ha Venido Cubriendo Hasta La Fecha, Y La Cuota Patronal Que Para Los Fondos De Transporte En Las Ciudades En Donde Existía, Sufragarán Los Patronos En Consecuencia, A Partir Del Quince (15) De Enero De 1963, Queda Abolida La Cuota Patronal De Transporte Y Los Trabajadores Recibirán El Valor Del Auxilio Patronal En Su Integridad
Decreto 237 de 1963 · Por el cual se señala la fecha de vigencia de los Decretos 24 y 25 de 9 de enero de 1963, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.