°. Dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que se profiera la providencia de ejecutoria de alcances deducidos contra empleados responsables de manejo, la Contraloría General de la República enviará al Juzgado Nacional de Ejecuciones Fiscales los documentos que constituyen el respectivo título ejecutivo, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 3º de la Ley 58 de 1946.
Decreto 3219 de 1953 →Vigente
Artículo 3
Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A La Fecha En Que Se Profiera La Providencia De Ejecutoria De Alcances Deducidos Contra Empleados Responsables De Manejo, La Contraloría General De La República Enviará Al Juzgado Nacional De Ejecuciones Fiscales Los Documentos Que Constituyen El Respectivo Título Ejecutivo, De Acuerdo Con Lo Prescrito En El Artículo 3º De La Ley 58 De 1946
Decreto 3219 de 1953 · por el cual se dictan normas sobre el ejercicio de la jurisdicción coactiva
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.