Micelio

Artículo 5

Son De Cuarta Categoría Los Profesores De Las Escuelas De Formación De Oficiales Y De Los Cursos Básicos De Capacitación Que Se Desarrollen En Las Escuelas De Las Armas Y Servicios De Las Tres Fuerzas

Decreto 1139 de 1961 · Por el cual se reglamenta el artículo 18 de la Ley 126 de 1959

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son de Cuarta Categoría los Profesores de las Escuelas de Formación de Oficiales y de los cursos básicos de capacitación que se desarrollen en las Escuelas de las Armas y Servicios de las tres Fuerzas.

Parágrafo

Para ser Profesor de Cuarta Categoría, se requiere haberse desempeñado como Profesor de Quinta Categoría, durante un lapso mínimo de dos años, continuos o discontinuos con buenos resultados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1139 de 1961