Establécese la siguiente Nota Adicional en la posición 84.21.90.99: "Los repuestos (partes y piezas) clasificables por la posición 84.21.90.99, cuando sean importados por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, pagarán un gravamen ad valórem del 5%.
Decreto 820 de 1985 →Vigente
Artículo 10
Decreto 820 de 1985 · Por medio del cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.