° Cuando el interesado presente la solicitud de devolución, deberá ajustar su cuenta corriente de tal forma que el saldo quede en cero. En caso de que no presente solicitud de devolución simultáneamente con la Declaración de Ventas, podrá trasladar el saldo a su favor a la Declaración de Ventas inmediatamente siguiente y en la oportunidad establecida por el Reglamento, podrá presentar una solicitud de devolución por el valor total del saldo acumulado.
Decreto 584 de 1975 →Vigente
Artículo 9
Cuando El Interesado Presente La Solicitud De Devolución, Deberá Ajustar Su Cuenta Corriente De Tal Forma Que El Saldo Quede En Cero
Decreto 584 de 1975 · Por medio del cual se reglamentan los Decretos 1988, 2104 y 2368 de 1974, relativos al impuesto sobre ventas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.