º Otras entidades que adquirieron la calidad de contribuyentes con régimen especial y deben presentar declaración de renta . De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 84 de 1988, son contribuyentes con régimen especial y deben presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios
Las corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.
Los nuevos contribuyentes del impuesto sobre la renta señalados en el numeral 1º del artículo 32 de la Ley 75 de 1986.
Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realizan actividades de captación y colocación de recursos financieros y se encuentren sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, con excepción de las enunciadas en el numeral 3 del artículo 4º del presente Decreto.