Micelio

Artículo 133

El Personal De Oficial De Las Fuerzas Militares Que Esa Separado En Forma Temporal O Absoluta, No Tendrán Derecho A Ser Dado De Alta En La Respectiva Contaduría Por Espacio De Tres Meses Para Formación De Hoja De Servicio, Y La Novedad Surtirá Todos Sus Efectos Con La Fecha En Que Lo Determine El Decreto Respectivo

Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal de Oficial de las Fuerzas Militares que esa separado en forma temporal o absoluta, no tendrán derecho a ser dado de alta en la respectiva contaduría por espacio de tres meses para formación de Hoja de servicio, y la novedad surtirá todos sus efectos con la fecha en que lo determine el decreto respectivo. CAPITULO IV Prestaciones por causas de muerte .

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3220 de 1953