° El artículo 8°, del Decreto 1054 de mayo 21 de 1990, quedará así: “Los gastos que por concepto de pasajes y viáticos demande la asistencia a la 77ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de los honorables Magistrados Ramón Zúñiga Valverde y Jorge Iván Palacio Palacio, serán reconocidos y pagados por la Pagaduría de la Nación Ministerio de Justicia de los fondos provenientes del Convenio Interadministrativo suscrito con La Previsora S. A., Compañía de Seguros el 7 del corriente mes, a razón de doscientos ochenta y cinco dólares (US$ 285.00) diarios”.
Artículo 1
El Artículo 8°, Del Decreto 1054 De Mayo 21 De 1990, Quedará Así: “los Gastos Que Por Concepto De Pasajes Y Viáticos Demande La Asistencia A La 77ª Reunión De La Conferencia Internacional Del Trabajo De Los Honorables Magistrados Ramón Zúñiga Valverde Y Jorge Iván Palacio Palacio, Serán Reconocidos Y Pagados Por La Pagaduría De La Nación Ministerio De Justicia De Los Fondos Provenientes Del Convenio Interadministrativo Suscrito Con La Previsora S
Decreto 1251 de 1990 · por el cual se modifican y adicionan los artículo 8° y 12 del Decreto 1054 de mayo 21 de 1990.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.