Modificación de los numerales 1 y 2 del artículo 2.2.2.1.1.1. del Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. Modifíquense los numerales 1 y 2 del Artículo 2.2.2.1.1.1. del Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, los cuales quedarán así: “1. Un total de activos, superior al equivalente a setecientos ochenta y nueve mil trescientos noventa coma seis (789.390, 6) unidades de valor tributario (UVT). 2. Ingresos totales, incluidos superiores al valor de setecientos ochenta y nueve mil trescientos noventa coma seis (789.390,6) unidades de valor tributario (UVT).”
Decreto 2642 de 2022 →Vigente
Artículo 32
Modificación De Los Numerales 1 Y 2 Del Artículo 2
Decreto 2642 de 2022 · por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 y los Decretos 1072 de 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector, Comercio, Industria y Turismo, 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educación y 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.